miércoles, 18 de marzo de 2015

Una reforma legal cambiará la palabra "imputado" por "investigado"

El Gobierno aprobó el 13 de febrero en la reunión del Consejo de Ministros modificaciones en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), como la sustitución del término "imputado" por "investigado". Además, también se fijarán plazos para la instrucción de las causas. Esto supone la limitación del tiempo del que disponen los jueces para investigar, a pesar de la recomendación contraria del Consejo de Estado.
La reforma de la LeCrimen será aprobada como proyecto de ley orgánica al afectar a derechos fundamentales y el otro como proyecto de ley ordinario. La norma se ha visto recortada durante los últimos meses, desde la aprobación del anteproyecto en diciembre y tras las dudas ofrecidas por los órganos consultivos respecto a diferentes cuestiones incluidas inicialmente en el Anteproyecto.
El Consejo de Estado señaló que el término "imputado" es confuso y aconsejó cambiarlo por "investigado" para las primeras fases del proceso. A medida que aumenten los indicios o se consoliden las pruebas contra el acusado, éste pasaría a llamarse "encausado".
El Gobierno aprueba hoy la reforma de la Ley de Enjuiciamiento CriminalEn mi opinión, no puede discutirse el acierto de la medida, dada la completa desnaturalización que el concepto de imputado había experimentado en los últimos años en nuestro país, hasta el punto de que el término en cuestión era utilizado con frecuencia en sentido peyorativo o como arma arrojadiza hacia el adversario, más que con el alcance jurídico que le era propio. Hemos llegado a un punto en el que, si la imputación recaía sobre una persona con cierta relevancia pública, la situación era extrema. Reconozcámoslo, en esos supuestos, en España había dejado de haber imputados propiamente dichos. Sólo había 'condenados' principalmente por motivos fiscales que habían cometido.

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